ACTOS DE INTERFERENCIA ILÍCITA

Aquellas acciones, hechos o tentativas, destinados a comprometer la seguridad de la Aviación Civil y del transporte aéreo, a saber: 
  • El acto de violencia realizado contra una o más personas a bordo de una aeronave en vuelo y que, por su naturaleza, constituya un peligro para la seguridad de la aeronave.
  • La destrucción de una aeronave en servicio o causarle daños que la incapaciten para el vuelo o que, por su naturaleza, constituyan un peligro para la seguridad de la aeronave.
  • Colocar o hacer colocar en una aeronave en servicio, por cualquier medio, un artefacto o sustancia capaz de destruir dicha aeronave o de causarle daños que la incapaciten para el vuelo o que, por su naturaleza, constituya un peligro para la seguridad de la aeronave en vuelo.
  • Destruir o dañar las instalaciones, servicios de la navegación aérea, perturbar su funcionamiento, si dicho acto, por su naturaleza, constituye un peligro para la seguridad de la aeronave en vuelo.
  • La comunicación a sabiendas de informes falsos, poniendo con ello en peligro la seguridad de una aeronave en vuelo.
  • El uso ilícito e intencionalmente, de cualquier artefacto, sustancia o arma:
  • Ejecutar un acto de violencia contra una persona o más personas en un aeródromo que preste servicio a la Aviación Civil, que cause o pueda causar lesiones graves o la muerte;
  • Destruir o causar graves daños en las instalaciones de un aeródromo que preste servicio a la Aviación Civil o en una aeronave que no esté en servicio y esté situada en el aeródromo o perturbe los servicios del aeródromo, si este acto pone en peligro o puede poner en peligro la seguridad del aeródromo.
  • El apoderamiento ilícito de aeronaves en vuelo.
  • El apoderamiento ilícito de aeronaves en tierra.
  • La toma de rehenes a bordo de aeronaves o en aeródromos.
  • La entrada por la fuerza o sin autorización a bordo de una aeronave, en un aeródromo o en el recinto de una instalación aeronáutica.



La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI-ICAO) dictó normas de actuación en caso de interferencias en el trabajo de la tripulación, incluidas en su manual de seguridad DOC-8973/4 en diciembre de 1971 y en los países miembros de esta organización firmaron la inclusión de un Anexo al Convenio de Aviación Civil Internacional, en 1974, con el título de “Protección de la Aviación Civil Internacional contra Actos de Interferencia Ilícita“, siendo éste el anexo número 17.
A partir de los 80′s, las medidas de seguridad establecidas en los aeropuertos, la cooperación internacional y las medidas expeditivas contra los secuestradores hicieron decrecer el número de secuestros.
Tipos de actos son el sabotaje de aeropuertos, sabotaje de aeronaves, amenaza de bomba y secuestros.
Sabotaje:
 Acto ilegal que tiene cuyo propósito es causar daño en propiedades.
Sabotaje de Aeropuertos y de Aeronaves: es el apoderamiento ilícito de aeronaves en tierra, toma de rehenes a bordo de aeronaves o en aeródromos y aeropuertos, entrada por la fuerza o sin autorización a bordo de una aeronave, en un aeródromo y aeropuerto o en el recinto de una instalación aeronáutica; introducción a bordo de una aeronave o en un aeródromo o aeropuerto, de armas o de artefactos (o sustancias) peligrosas que puedan ser usados con fines ilegales, comunicación de información falsa que comprometa la seguridad de una aeronave en vuelo, o en tierra, la seguridad de los pasajeros, tripulación, personal de tierra y usuarios del servicio en un aeródromo y aeropuerto o en el recinto de una instalación de aviación civil.
Secuestro:
Es el acto por el que se le priva de la libertad de forma ilegal a una persona o grupo de personas, normalmente durante un tiempo determinado, y con el objetivo de conseguir un rescate u obtener cualquier tipo de crédito político o mediático. Las personas que llevan a cabo un secuestro se conocen como secuestradores. Se conoce impropiamente al secuestro también con el nombre de plagio, por lo que los secuestradores son también llamados plagiarios.
En éste contexto, la lucha contra el secuestro nace del intercambio de información que se establece entre las diferentes instancias policiales en relación con las estructuras, redes de comunicación y formas de operación de las organizaciones delictivas existentes, así como de las que vayan surgiendo, coordinándose respecto a éstas la investigación interinstitucional hasta determinar si los indiciados o los detenidos pertenecen a la delincuencia organizada.
Amenaza de Bomba.
La amenaza de atentado, la colocación de una bomba era antes cosa casi desconocida; ahora, en las grandes zonas metropolitanas, los organismos del orden público reciben casi como promedio una llamada diaria y cada día aumenta la pericia de los terroristas, tanto en la fabricación de artefactos como en el ocultamiento de los mismos, multiplicándose en forma astronómica las pérdidas laborales, los daños y perjuicios, los heridos y los muertos. Tanto el personal de las aerolíneas, como las aeronaves y las instalaciones son vulnerables. La mejor defensa es la elaboración cuidadosa de un plan y a la medida de la aerolínea.
Medidas preventivas
Por su especial trascendencia a nivel internacional, las medidas preventivas que poco a poco fueron apareciendo con el fin de poder atajar, primero, y de erradicar, posteriormente, tan peligrosa modalidad delictiva, las medidas de seguridad en los aeropuertos se han vuelto muy estrictas, llegando, incluso, a integrar oficiales encubiertos en los vuelos para volver la aviación civil más segura alrededor del mundo.





Análisis de los Riesgos. La primera parte del proceso se enfoca en estudiar la amenaza a la que está expuesto, la vulnerabilidad de estos y el impacto de una pérdida. Finalmente las recomendaciones para minimizar la exposición a este riesgo específico. El manejo de riesgos comprende una combinación de servicios y procedimientos para organizar un programa completo y eficiente de seguridad acorde a los requerimientos, presupuesto y riesgo las aerolíneas, como por ejemplo:
  • Match de equipajes (la llamada “reconciliación pasajero-equipaje”)
  • Chequeo de equipajes.
  • Revisión de aeronaves.
  • Control de bodegas.
  • Accesos restringidos al avión.
  • Registro y revisión de personal.
  • Seguridad en carga.
  • Capacitación de personal.
  • Manejo de equipos de seguridad.
  • Supervisión de operaciones.
  • Organización de la seguridad.
  • Planes de contingencia.
  • Servicio de monitoreo.
  • Diseño e instalación de sistemas y controles de seguridad.
  • Sistema de alarmado tanto en zonas del aeropuerto, oficinas y hangares
Éstas diseñadas para el correcto y seguro funcionamiento y ejercicio de la aviación internacional. Por lo que ahora, más que nunca, la seguridad de los vuelos que se hacen alrededor del mundo es eficiente y casi inquebrantable.
Fuente: Regulación Aérea Venezolana.  

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