✈️ Cursos Recurrentes en AVSEC: Un Pilar Fundamental en la Normativa Venezolana e Internacional 馃嚮馃嚜馃敀
¡Saludos, entusiastas de la seguridad aeroportuaria! Hoy nos adentramos en un tema esencial para la aviaci贸n civil: la **formaci贸n recurrente**. Analizaremos c贸mo este pilar de la seguridad es abordado por los est谩ndares globales de la OACI y, de manera espec铆fica, por diversas Regulaciones Aeron谩uticas Venezolanas (RAV) que rigen nuestras operaciones diarias.
La Formaci贸n Continua: Una Defensa Activa contra las Amenazas
En un sector tan din谩mico como el de la aviaci贸n, donde las amenazas y las tecnolog铆as evolucionan constantemente, la formaci贸n inicial no es suficiente. Los **cursos recurrentes** son la herramienta principal para que el personal se mantenga actualizado, competente y alerta ante los nuevos desaf铆os. Son una inversi贸n estrat茅gica que eleva la efectividad de los sistemas de seguridad y la cultura de la prevenci贸n.
Anexo 17 de OACI y su Impacto en Venezuela
El **Anexo 17** de la OACI, **"Seguridad de la Aviaci贸n Civil"**, establece los principios fundamentales para proteger a la aviaci贸n contra los actos de interferencia il铆cita. Este anexo exige que los Estados Miembros desarrollen programas de instrucci贸n para su personal de seguridad. Aunque no especifica la periodicidad, la pr谩ctica com煤n en la industria es la realizaci贸n de cursos recurrentes para garantizar la competencia continua del personal.
RAV: El Marco Normativo Venezolano para la Seguridad
En Venezuela, la normativa OACI se materializa a trav茅s de las Regulaciones Aeron谩uticas Venezolanas (RAV), emitidas por el INAC. Varias de estas regulaciones exigen de manera expl铆cita la formaci贸n recurrente para distintos actores de la cadena de seguridad aeroportuaria:
- RAV 107 - Seguridad de la Aviaci贸n Civil en los Aer贸dromos y Aeropuertos: Esta es la normativa central que rige la seguridad en los aeropuertos. Establece que los explotadores de aer贸dromos deben garantizar la **capacitaci贸n inicial y recurrente** de todo el personal que realiza funciones de seguridad en el aeropuerto, como los guardias, operadores de equipos de rayos X, y personal de control de acceso.
- RAV 108 - Seguridad para las Empresas A茅reas: Esta regulaci贸n se enfoca en las aerol铆neas. Exige que los explotadores a茅reos desarrollen e implementen un programa de seguridad que incluya la **formaci贸n recurrente** para todo el personal de la empresa, desde la tripulaci贸n de vuelo y cabina hasta el personal de tierra.
- RAV 109 - Seguridad para los Agentes Acreditados, Expedidores y Abastecedores de Carga A茅rea: Dada la criticidad de la cadena de suministro, esta RAV exige que el personal de las empresas de carga a茅rea, tanto los agentes como los expedidores, reciba formaci贸n inicial y **peri贸dica** para manejar y asegurar la carga.
- RAV 112 - Certificaci贸n de Empresas de Servicios de Seguridad de la Aviaci贸n Civil: Esta normativa se centra en la certificaci贸n y operaci贸n de las empresas que prestan servicios de seguridad de la aviaci贸n civil a otros actores, como explotadores a茅reos y de aeropuertos.
Como podemos ver, la formaci贸n recurrente no es un concepto aislado. Es un pilar transversal que est谩 presente en m煤ltiples regulaciones (RAV 107, 108, 109, 112), cada una adaptada a la especificidad de las funciones de su personal. La sinergia entre estos documentos garantiza una capa de seguridad robusta y actualizada, que va desde la empresa a茅rea hasta el personal que maneja la carga, todo bajo la supervisi贸n del INAC, en l铆nea con los est谩ndares internacionales de la OACI.
Mantener al personal de AVSEC al d铆a es una responsabilidad compartida que asegura que nuestra aviaci贸n civil siga siendo un medio de transporte seguro y confiable.
Referencias
- OACI. (2018). Anexo 17 al Convenio sobre Aviaci贸n Civil Internacional: Seguridad de la Aviaci贸n Civil. Novena Edici贸n. Montreal.
- INAC. Regulaci贸n Aeron谩utica Venezolana RAV 107, 108, 109 y 112. Caracas, Venezuela. (Acceso a las regulaciones espec铆ficas a trav茅s del portal del INAC).

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